Decreto 1468
20 agosto, 2019

La ley de financiamiento de 2018 —Ley 1943 de 2018—, creó el Impuesto Unificado que se pagará bajo el Régimen simple de tributación —SIMPLE—. El objetivo de este impuesto es reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y, en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que voluntariamente se acojan al régimen SIMPLE.

De esta manera, en pro del ordenamiento jurídico del Impuesto unificado simple, resaltamos los cambios más importantes del presente decreto:

  1. Adiciona el título 8 a la parte 5 de “Otros impuestos” del libro 1 del decreto 162/165. En este se establece toda la materia de la obligación sustancial del SIMPLE. Entre otras cosas, se resaltan:
      • Impuestos y aportes que integran el SIMPLE.
      • Flexibilidades y restricciones del SIMPLE.
      • Base y periodo gravable, Declaración y pago del SIMPLE.
      • Retenciones en la fuente del SIMPLE.
    2. Modifica algunos apartados del RUT establecidos en el decreto 1625/16, entre ellos:
      • Modifica la definición del RUT y agrega algunos requisitos del documento.
      • Modifica los obligados a inscribirse a este, así como el lugar y formalización de la inscripción, actualización y cancelación de este.
      • Modifica los documentos necesarios para la inscripción en el RUT.
      • Adiciona condicionales para la actualización del RUT para los contribuyentes que quieran acogerse al SIMPLE.
    3. Se adiciona todo un articulado al decreto 1625/16 sobre el Impuesto de industria y comercio y su consolidación con el SIMPLE, así como lo referente a la materia sustantiva y formal del impuesto.

Descargar: Decreto 1468 del 13 de Agosto de 2019

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